El móvil en sala ya es falta: qué dice el nuevo ALEH VI
El BOE publicó la modificación del ALEH VI: usar el móvil en horario laboral puede costar hasta dos días de suspensión. Qué cambia y cómo aplicarlo bien.
Por Franco Silvani · · 5 min de lectura

Si un camarero de tu plantilla se pasa el servicio mirando el móvil, ahora hay un texto estatal que dice negro sobre blanco qué puedes hacer: el acuerdo de modificación del VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería (ALEH VI) se publicó en el BOE el 4 de septiembre de 2026, y a mediados de mes la prensa económica recogió su efecto más comentado: el uso del móvil en horario laboral puede llegar a castigarse con suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días. Ni es una ley nueva ni te obliga a sancionar a nadie. Es una herramienta más en tu mano, y como toda herramienta, se puede usar bien o se puede usar para partirte un dedo.
Qué ha pasado exactamente
Lo que hay es una resolución de la Dirección General de Trabajo, de 25 de agosto de 2026, que registra y publica el acuerdo de modificación del ALEH VI (BOE-A-2026-18630, publicado el 4 de septiembre). El ALEH es el marco estatal del sector: no fija tus tablas salariales —eso lo hace tu convenio provincial—, pero sí cosas transversales como la clasificación profesional y el régimen disciplinario, es decir, el catálogo de faltas leves, graves y muy graves y las sanciones que les corresponden.
El titular que ha corrido por medios como El Economista, que.es o Hoy Aragón entre el 17 y el 18 de septiembre es siempre el mismo: la hostelería ya puede suspender de empleo y sueldo hasta dos días a quien use el móvil en horario laboral. Antes, el móvil se sancionaba por analogía —desobediencia, negligencia, bajo rendimiento— y cada inspección o cada juzgado lo miraba a su manera. Ahora está tipificado.
El fichaje también entra en el paquete
El móvil se ha llevado los titulares, pero no es el único cambio. Las crónicas del 11 de septiembre hablan de nuevas faltas relacionadas con el registro de jornada: fichar por otro, no fichar, manipular el registro. Tiene sentido que aparezca ahora, porque el control horario es el terreno donde más se juega una inspección en hostelería. Si tu sistema de fichaje es una libreta en la oficina y nadie la mira hasta fin de mes, este es el aviso para ordenarlo antes de que el problema llegue en forma de acta.
Poder sancionar no es saber gestionar
Aquí va la parte que no sale en los titulares. Tener tipificada una falta no significa que te convenga usarla. Una suspensión de empleo y sueldo en un equipo de seis personas un viernes de septiembre es, sobre todo, un turno que alguien tiene que cubrir. Y el mensaje que le llega al resto de la plantilla no es «aquí hay orden», es «aquí se castiga».
Lo que funciona en una sala es lo de siempre, y ahora con respaldo escrito: una norma conocida por todos, aplicada igual a todos, avisada antes de sancionar. El régimen disciplinario es el último escalón, no el primero. Si lo usas como primero, el equipo se te va en tres meses y en hostelería encontrar un buen camarero cuesta más que encontrar un buen proveedor.
Cómo escribir la norma de tu casa en una hoja
No necesitas un reglamento interno de veinte páginas. Necesitas una hoja, firmada por cada persona el día que entra, que diga cuatro cosas:
| Qué escribes | Ejemplo concreto |
|---|---|
| Dónde vive el móvil en turno | En la taquilla o en la caja, boca abajo, no en el bolsillo del delantal |
| Cuándo se puede mirar | En el descanso, y en urgencias familiares avisando al responsable |
| Qué pasa si suena en sala | Aviso verbal la primera vez; por escrito la segunda |
| Qué es uso profesional | Plano de sala, lista de espera, comandas o llamadas del local |
Esa última fila es la que evita el 80 % de los problemas. Si el mismo aparato sirve para ver TikTok y para cantar una comanda, cualquier norma se vuelve ambigua. Cuanto mejor definido esté el uso profesional, más limpia queda la línea.
Cuándo el móvil sí es herramienta de trabajo
Conviene no pasarse de frenada. Hoy en muchos locales el teléfono es la sala: la lista de espera, el plano de mesas, la reserva que entra a las 21:10 o el cambio de precio del pescado del día. Prohibir el móvil sin distinguir usos es dispararse al pie y, además, dejar al equipo sin la información que necesita para vender bien —algo de lo que ya hablamos en cómo formar a un camarero para vender sin vender.
La solución práctica: un dispositivo del local, con sesión del local, a la vista de todos. Si el equipo usa sus teléfonos personales para gestionar la sala, la norma se difumina y, de paso, cuando alguien se va se lleva la información. El mismo razonamiento que aplicábamos a la lista de espera: lo que está en la cabeza de una persona no es un sistema.
Antes de aplicar nada, mira tu convenio provincial
El ALEH es el suelo común, pero quien te va a mirar con lupa es tu convenio provincial y, si lo tienes, tu acuerdo de empresa. Puede haber matices en plazos, en el procedimiento de notificación o en la graduación de la falta. Dos recomendaciones de sentido común antes de firmar una carta de sanción: que la revise tu asesoría laboral y que la falta esté documentada con fecha, hora y hecho concreto. «Siempre está con el móvil» no sostiene nada. «El 12 de octubre, de 21:30 a 21:50, con seis mesas sin atender» sí.
Y una última: si esto te obliga a sentarte a escribir las normas de tu casa, la modificación del ALEH ya te habrá hecho un favor, sanciones aparte.
Fuentes
- BOE-A-2026-18630 — Resolución de 25 de agosto de 2026, DG de Trabajo, acuerdo de modificación del ALEH VI (BOE de 4/09/2026): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18630 (consultado el 24/09/2026)
- BOE-A-2023-6344 — VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería (texto original): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-6344 (consultado el 24/09/2026)
- El Economista, «Los trabajadores de la hostelería que utilicen el móvil en horario laboral pueden ser suspendidos de empleo y sueldo hasta dos días»: https://www.eleconomista.es/economia/noticias/14014758/09/26/los-trabajadores-de-la-hosteleria-que-utilicen-el-movil-en-horario-laboral-pueden-ser-suspendidos-de-empleo-y-sueldo-hasta-dos-dias.html (consultado el 24/09/2026)
- que.es, 18/09/2026, «La hostelería ya puede suspender de empleo y sueldo hasta 2 días por usar el móvil en horario laboral»: https://www.que.es/2026/09/18/regimen-disciplinario-hosteleria-movil-horario-laboral/ (consultado el 24/09/2026)
- Autónomos y Emprendedor, 11/09/2026, «El BOE fija nuevas faltas en hostelería por móvil y fichaje»: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/pymes/nuevas-reglas-bares-restaurantes-sancionar-empleados-movil-redes-fichaje/20260911180521055840.html (consultado el 24/09/2026)
Si el móvil va a estar en la sala, que al menos esté trabajando: plano de sala, lista de espera y walk-in desde el móvil, con la sesión del local y no con la cuenta personal de nadie. Puedes verlo funcionando en la demo de Casa Marea Alta.
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